¿Qué se considera investigación y desarrollo para obtener deducciones fiscales?
Para que una actividad sea considerada investigación y desarrollo y, por tanto, pueda beneficiarse de deducciones fiscales, debe cumplir ciertos requisitos. Debe tratarse de una indagación original y planificada que busque nuevos conocimientos o una mejor comprensión en el ámbito científico o tecnológico. También debe involucrar la aplicación de esos conocimientos para crear nuevos productos, procesos o mejorar sustancialmente los existentes.
También se consideran actividades de investigación y desarrollo: el diseño de prototipos, la creación de software avanzado, y la adaptación de tecnologías existentes para mejorar productos o procesos. Sin embargo, actividades rutinarias como el mantenimiento de software o actualizaciones menores no suelen clasificarse como investigación y desarrollo.
¿Qué se considera innovación tecnológica para obtener deducciones fiscales?
Para que una actividad sea considerada innovación tecnológica y pueda beneficiarse de deducciones fiscales, debe resultar en un avance tecnológico significativo. Este avance puede manifestarse en la creación de nuevos productos o procesos, o en mejoras sustanciales de los ya existentes. La novedad tecnológica debe ser esencial y no meramente superficial. Además, la innovación tecnológica debe ser nueva para la empresa que la desarrolla, aunque no necesariamente para el mercado en general.
La innovación tecnológica abarca un amplio espectro de actividades, desde la creación de prototipos y diseños hasta el desarrollo de software y la adaptación de tecnologías existentes a nuevos productos o procesos. Se incluyen también actividades como la creación de muestrarios en sectores como la moda, el calzado o el mueble, siempre y cuando estos muestrarios representen un avance tecnológico y no estén destinados a la producción comercial inmediata.
¿Cuál es la base para calcular la deducción por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica?
La base para calcular la deducción fiscal por actividades de I+D+i está compuesta por los gastos directos e inversiones realizadas en estos proyectos. Se consideran gastos directos aquellos que están directamente vinculados a las actividades de I+D y pueden ser individualizados por proyecto. Esto incluye, por ejemplo, los salarios de los investigadores, el costo de materiales y equipos específicos para cada proyecto. Las inversiones en activos tangibles o intangibles utilizados exclusivamente para I+D+i también se incluyen en la base de la deducción. Sin embargo, gastos generales de la empresa, como los gastos financieros o los gastos de estructura, no son deducibles.
Para que un gasto sea considerado deducible en el cálculo de la deducción por I+D+i debe estar directamente relacionado con un proyecto de investigación y desarrollo específico. También debe ser posible individualizar el gasto y asignarlo a un proyecto concreto. Es decir, la empresa debe tener un registro detallado de los gastos realizados en cada proyecto. Los gastos deben ser efectivamente aplicados a la realización de las actividades de I+D. Las subvenciones recibidas para financiar proyectos de I+D reducirán la base de la deducción.
¿Cuáles son los porcentajes de deducción aplicables a los gastos efectuados por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica?
Generalmente, se puede deducir el 25% de los gastos en investigación, desarrollos realizados en un año fiscal. Sin embargo, si los gastos de un año son significativamente mayores que el promedio de los dos años anteriores, se aplica un incentivo adicional: se mantiene el 25% sobre el promedio y se aplica un 42% sobre el exceso. Además, existe una deducción adicional del 17% para los gastos en personal investigador cualificado asignado exclusivamente a proyectos de I+D+i. Esto significa que las empresas que invierten fuertemente en innovación pueden beneficiarse de deducciones fiscales más altas, incentivando así la investigación y el desarrollo.
El porcentaje de deducción aplicable a proyectos de innovación tecnológica será el 12% de los gastos efectuados en el período impositivo por este concepto.
¿Pueden las empresas deducirse los gastos en I+D+i contratados a terceros?
Sí, las empresas tienen derecho a deducirse los gastos realizados en actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, incluso cuando contraten estos servicios a terceros. Si una empresa subcontrata a otra para llevar a cabo un proyecto de I+D+i, puede deducirse los pagos realizados a esta empresa subcontratada. Los proyectos de I+D+i subcontratados pueden realizarse tanto en España como en cualquier otro país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Esto permite a las empresas españolas colaborar con entidades de investigación y desarrollo de otros países y beneficiarse de sus conocimientos y capacidades.
¿Se pueden deducir los gastos de I+D+i realizados en el extranjero?
Sí, pero con ciertas limitaciones. Para que los gastos relacionados con actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica sean deducibles, deben haberse realizado en España o en cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Si una empresa subcontrata un proyecto de I+D+i a una entidad ubicada fuera de estos territorios, los gastos asociados a esa parte del proyecto no serán deducibles. Si un proyecto de I+D+i se lleva a cabo parcialmente en un país fuera de la UE o del Espacio Económico Europeo, solo los gastos incurridos en España o en alguno de estos países serán deducibles.
Por ejemplo, si una empresa española realiza un proyecto de investigación en colaboración con una entidad de Estados Unidos, solo los gastos realizados en España y en los países de la UE o del EEE podrán formar parte de la base de la deducción.
¿Se pueden deducir los gastos de certificación ambiental (ISO 14001, EMAS) como gastos de innovación tecnológica?
No directamente. La deducción por innovación tecnológica se centra en actividades que resulten en avances tecnológicos significativos, como la creación de nuevos productos o procesos o la mejora sustancial de los existentes. Obtener un certificado ambiental como el ISO 14001 o el EMAS, por sí solo, no implica necesariamente un avance tecnológico, sino más bien un compromiso con prácticas medioambientales. Los gastos asociados a estos certificados no son automáticamente deducibles como gastos de innovación tecnológica.
Sin embargo, existe una excepción. Si la obtención de un certificado ambiental implica el desarrollo de nuevos procesos, sistemas de producción o productos, o una mejora tecnológica sustancial en los existentes, entonces los gastos asociados a estas actividades sí podrían ser deducibles como gastos de investigación, desarrollo o innovación tecnológica. En este caso, es fundamental demostrar que la obtención del certificado forma parte de un proyecto más amplio que implica un verdadero avance tecnológico.
¿Cómo afecta el cobro de una subvención a la deducción por I+D si se solicitó en un ejercicio posterior al de los gastos?
Si una empresa solicita una subvención para financiar gastos de I+D realizados en un ejercicio anterior y la recibe en un ejercicio posterior, la deducción por I+D del ejercicio en que se realizaron los gastos no se verá afectada en el momento de solicitar la subvención. Esto se debe a que el ingreso por la subvención se imputa al ejercicio en el que se devenga, según el principio de devengo. Sin embargo, una vez que la empresa recibe la subvención, se produce una situación de exceso de deducción en el ejercicio en el que se realizaron los gastos.
Esto es así porque la base de la deducción por I+D se reduce en el importe de las subvenciones recibidas. La empresa deberá regularizar esta situación en el ejercicio en el que se devengue la subvención, ingresando el exceso de deducción junto con los intereses de demora. Si la deducción inicialmente aplicada fue inferior a la que correspondía, la empresa podrá compensar esta diferencia en el ejercicio siguiente.
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