Tipo de convocatoria: Comunidad autónoma de Galicia
Órgano Convocante:
Consellería de promoción del empleo e igualdad
Plazos de convocatoria:
26/1/2024 – 29/9/2024
Beneficiarios:
Autónomos o emprendedores, PYMEs, Grandes empresas.
Objetivo:
Favorecer la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria (y entidades sin ánimo de lucro), especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral, con la finalidad de seguir paliando los perjuicios económicos sobre el mercado de trabajo, derivados de los efectos de la pandemia provocada por la COVID-19 y agravados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia.
Gastos y acciones subvencionables:
Línea 1:
• Las contrataciones, los incrementos de jornada, o los incrementos en la duración anual de los contratos fijos discontinuos.
• Las actuaciones deberán realizarse entre el 30/09/2023 y el 29/09/2024.
Línea 2:
• La persona que recibe la formación debe ser la misma contratada para la ayuda de la Línea 1.
• Deberá tener una duración mínima de 70 horas.
• Tendrá lugar dentro de los 3 primeros meses desde el inicio del contrato, y deberá estar finalizada a 30/10/2024.
Cuantías:
Línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena:
• Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas. Se subvencionará hasta 24.500 € por persona contratada.
• Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo. Se subvencionará hasta 3.000 € por persona en el caso de incremento de jornada.
• Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijo-discontinuos a un mínimo de 9 meses. Se subvencionará hasta 4.000 € por persona en el caso de incremento de la duración anual de los contratos fijos discontinuos.
• Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad. Se subvencionará hasta 1.000 € por la adaptación de puestos de trabajo.
Línea de incentivos a las acciones formativas en el centro de trabajo, de carácter opcional. Se establece una ayuda de 4.000 € por persona.
Requisitos:
• Tener actividad y poseer un centro de trabajo radicados en la comunidad autónoma de Galicia
• Las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
• Los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.
Minimis:
Sí
Concurrencia Competitiva:
No
Pagos:
Tras concesión