Saltar al contenido
Home » Monetización de las deducciones fiscales por I+D+i

Monetización de las deducciones fiscales por I+D+i

    Cuando una empresa no genera beneficios y ha acumulado un crédito fiscal a lo largo de varios años, Hacienda ofrece la opción de convertir esos derechos de deducción fiscal en dinero líquido. Las empresas pueden optar por recibir un ingreso directo en su cuenta bancaria, aunque la administración solo abonará el 80% del derecho generado.

    Este mecanismo permite a las empresas obtener liquidez a partir de sus deducciones fiscales por I+D+i, siendo especialmente útil para aquellas que no deben pagar el Impuesto de Sociedades debido a pérdidas o cuyo impuesto es bajo por tener beneficios reducidos. A través de la monetización, es posible recuperar hasta el 80% de las deducciones fiscales, con un límite de 1 millón de euros para actividades de innovación tecnológica y hasta 5 millones de euros para I+D, según la inversión en innovación de la empresa.

    No obstante, para acceder a esta recuperación, es necesario cumplir con ciertos requisitos que aseguren que la empresa continúa invirtiendo en I+D+i.
    Para acceder a esta monetización, es necesario haber obtenido el Informe Motivado del MINECO. Esto requiere certificar el proyecto a través de una entidad autorizada por ENAC o haber recibido financiación de una convocatoria de I+D del CDTI. Además, deben cumplirse las siguientes condiciones:

    • Debe haber transcurrido al menos un año desde la finalización del periodo impositivo en el que se generó la deducción, sin que esta haya sido aplicada.
    • La plantilla media de la empresa, o la plantilla media dedicada a actividades de I+D+i, no debe haberse reducido desde el final del periodo en el que se generó la deducción hasta el momento en que se haga efectiva la monetización.
    • Se debe destinar un importe equivalente a la deducción aplicada o abonada a gastos relacionados con I+D+i, o a inversiones en activos materiales o intangibles vinculados exclusivamente a estas actividades (excepto inmuebles), dentro de los 24 meses siguientes a la finalización del periodo impositivo en que se aplicó o abonó la deducción.

    Ofrecemos apoyo en la gestión del proceso para solicitar la monetización de manera eficiente, así como asesoramiento para maximizar el aprovechamiento de las deducciones fiscales por I+D+i en función de las necesidades específicas de tu empresa.

    Si quieres más información, no dudes en contactarnos en nuestra página de contacto . También puedes mantenerte al tanto de los cambios normativos y nuevas resoluciones en nuestro tag .

    Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

    ACEPTAR
    Aviso de cookies