De la misma manera que preparamos una guía para las deducciones fiscales, hemos preparado un articulo que contempla todo lo que debes saber sobre este incentivo.
La bonificación en la cotización a la Seguridad Social para personal investigador es un incentivo no tributario diseñado para impulsar la contratación de investigadores en empresas que realizan actividades de I+D+i (Investigación, Desarrollo e Innovación). Se trata de un descuento del 40% en las cuotas empresariales por contingencias comunes de los empleados dedicados en exclusiva a labores de I+D+i. Desde septiembre de 2023, este incentivo se ha fortalecido: empresas que contraten investigadoras (mujeres) o investigadores jóvenes (menores de 30 años) obtienen un 5% adicional cada uno, acumulables, es decir, una investigadora menor de 30 años alcanzaría un 50% de bonificación en total. A continuación, te explicamos todos los detalles de esta bonificación y cómo H2IDI gestiona integralmente esta bonificación, paso a paso, desde el primer contacto hasta la justificación anual, para que tu pyme aproveche al máximo este incentivo.
1. ¿Qué ventajas tiene la bonificación por personal investigador para tu pyme?
Incorporar esta bonificación puede suponer un ahorro inmediato en los gastos de personal de I+D+i de tu empresa, aligerando el coste salarial mes a mes. A diferencia de las deducciones fiscales por I+D+i (que reducen el Impuesto de Sociedades al final del ejercicio), la bonificación se aplica directamente en la cotización a la Seguridad Social de cada nómina, mejorando la liquidez mensual de la pyme. Esto la hace especialmente atractiva para empresas de base tecnológica con beneficios reducidos o que aún no tributan positivamente, ya que en ocasiones es el único incentivo aprovechable por empresas sin suficientes beneficios para que las deducciones fiscales sean relevantes.
Está disponible para pymes de cualquier sector que realicen actividades innovadoras: desde startups de software, fabricantes que mejoran procesos productivos, hasta empresas de ingeniería que ejecutan proyectos de I+D+i para terceros. No se exige que la pyme sea la dueña de la propiedad intelectual de los desarrollos para poder beneficiarse. Esto significa que, incluso si tu empresa realiza proyectos de I+D+i por encargo de clientes y por tanto esos resultados pertenecen al tercero, puedes aplicar la bonificación en las cuotas de tus trabajadores. En cambio, en las deducciones fiscales por I+D+i suele exigirse ser el titular de los resultados para aprovechar el incentivo, por lo que esta bonificación cubre un vacío importante en esos casos.
En resumen, los beneficios clave para la pyme son:
- Ahorro económico inmediato: reducción del 40%–50% en la cotización empresarial por contingencias comunes del investigador, mes a mes.
- Mejora de competitividad: facilita contratar o mantener talento investigador, al reducir su coste, lo que impulsa la innovación en la empresa.
- Apto para empresas sin beneficio tributario: al no depender del impuesto de sociedades, pueden aprovecharla startups en fase temprana o empresas que operan con margen reducido.
- Compatible con proyectos para terceros: se puede aplicar incluso si la I+D+i se realiza para otras empresas, donde la deducción fiscal no estaría disponible para el contratista.
2. ¿Qué perfiles de personal investigador se pueden bonificar?
Identificar correctamente qué empleados califican como personal investigador bonificable es fundamental. H2IDI realiza un análisis detallado de los puestos y actividades de la empresa para determinar qué personas cumplen los requisitos legales según el Real Decreto 475/2014 y las modificaciones del Real Decreto-ley 1/2023 (que actualiza y refuerza este incentivo).
Requisitos de dedicación exclusiva a I+D+i
La norma establece que el empleado debe dedicarse a tiempo completo a actividades de investigación, desarrollo o innovación tecnológica en la empresa. En términos prácticos, todo su tiempo de trabajo debe destinarse a I+D+i, permitiéndose solo una porción marginal en otras tareas. Específicamente, hasta un 15% de su jornada puede destinarse a labores de formación, docencia, divulgación o similares, y aun así se considerará dedicación exclusiva a I+D+i. Esto admite, por ejemplo, que un ingeniero investigue la mayor parte del tiempo y dedique pequeñas franjas a formarse o difundir resultados, sin perder el incentivo. No es posible bonificar a empleados que solo dedican parte de su jornada a I+D+i (por ejemplo, 50% I+D+i y 50% otras funciones), ya que en esos casos la dedicación no es exclusiva y quedan expresamente excluidos. H2IDI te ayudará a delimitar las funciones de cada candidato a bonificación, asegurando que su descripción de puesto y tareas diarias encajen en la definición de I+D+i (según el art. 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que define qué se considera actividad de investigación, desarrollo o innovación tecnológica).
Categorías profesionales admitidas
La bonificación solo cubre a empleados encuadrados en los grupos de cotización 1, 2, 3 o 4 del Régimen General (personal técnico titulado, ingenieros, licenciados, ayudantes titulados, jefes de equipo, etc.). Estos grupos suelen corresponder a perfiles cualificados típicos de I+D+i (p.ej., ingenieros, científicos, técnicos superiores). En la práctica, H2IDI verifica la categoría laboral de tus empleados para confirmar que están en alguno de esos grupos.
¿Qué ocurre si tu “personal de I+D+i” está en un grupo de cotización inferior? En muchos casos, revisamos si la situación puede reconducirse, por ejemplo, actualizando su categoría profesional si realmente realizan labores de alta cualificación técnica.
Tipo de contrato y duración
Una novedad introducida por el RDL 1/2023, que comenzó a aplicarse el 1 de septiembre de 2023, es que ahora solo las contrataciones indefinidas de personal investigador dan derecho a la bonificación general. Anteriormente, se permitía también con contratos en prácticas o por obra/servicio (de al menos 3 meses), pero con la reforma de incentivos laborales se busca primar la estabilidad.
La bonificación se aplicará durante un máximo de tres años por cada contrato bonificado. Esto significa, por ejemplo, que, si incorporas un investigador indefinido nuevo, podrás bonificar sus cuotas de I+D+i durante 36 meses; pasado ese periodo, el incentivo cesa para ese trabajador.
Exclusiones importantes
No podrán acogerse a esta bonificación ciertos supuestos especiales, entre ellos: empleados de entidades del sector público (Administración General del Estado, CC.AA., entes públicos) están excluidos; tampoco si la contratación del investigador está financiada con fondos públicos que cubren sus cotizaciones (por ejemplo, si obtuviste una subvención Torres Quevedo para contratar personal de I+D+i que ya incluye el pago de la Seguridad Social). En ese caso, no se puede “doblar” la ayuda.
Asimismo, no aplicaría en relaciones laborales de carácter especial no comunes ni en funciones que, aun dentro de un proyecto innovador, sean meramente de gestión, administración, comercial o apoyo no tecnológico – esas tareas no se consideran I+D+i y por tanto ese personal no califica. H2IDI te ayudará a detectar y documentar claramente qué parte de tu personal realiza I+D+i puro y está bonificado, separado de quien realiza tareas de apoyo o administración en los proyectos (que no sería bonificable).
3. ¿Es compatible la bonificación con las deducciones fiscales por I+D+i?
Esta es una pregunta muy frecuente. Bonificación en Seguridad Social y deducción fiscal en el Impuesto de Sociedades son incentivos distintos, pero relacionados, y la normativa fija reglas para que no haya “doble beneficio” sobre los mismos gastos, salvo en ciertos casos. H2IDI siempre analiza tu situación para optimizar el beneficio global cumpliendo la ley.
Régimen general
Si tu empresa no cuenta con el sello oficial PYME Innovadora, la regla es que por cada investigador debes elegir entre bonificación o deducción fiscal. No se pueden aplicar ambos incentivos sobre la misma persona simultáneamente. En otras palabras, los gastos salariales de un mismo investigador no pueden generar a la vez un 40% de bonificación en las cuotas y un 12-42% de deducción en el Impuesto de Sociedades. Toca decidir cuál conviene más en cada caso.
La buena noticia es que puedes combinarlos a nivel de proyecto o empresa, por ejemplo, en un mismo proyecto de I+D+i, podrías bonificar a ciertos investigadores y a otros (distintos) imputarlos a deducción fiscal.
Esto da juego para optimizar el incentivo, quizás bonificar personal junior (donde la cuota de SS es significativa respecto al salario) y deducir el gasto de personal muy senior (con salarios altos donde la deducción podría suponer más ahorro). Todo depende de la situación fiscal de tu empresa y de la duración de los proyectos, te haremos una propuesta sobre tu caso. Si este es tu caso, hemos preparado un pequeño articulo con las principales diferencias y ventajas de los dos incentivos.
Caso especial PYMEs Innovadoras
Si tu pyme ha sido reconocida oficialmente como PYME Innovadora por el Ministerio, se elimina esta incompatibilidad. En ese caso, la bonificación es plenamente compatible con la deducción fiscal del art. 35 LIS sobre el mismo gasto de personal. Es decir, la empresa puede ahorrar en las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores bonificados y a la vez deducir ese coste en el Impuesto de Sociedades, maximizando el incentivo total. Este es un escenario ideal, aunque ten en cuenta que lograr el sello de PYME Innovadora tiene sus requisitos.
H2IDI puede asesorarte sobre cómo conseguirlo, típicamente se exige demostrar un cierto nivel de actividad en innovación mediante alguno de los siguientes criterios: haber obtenido financiación pública para I+D+i reciente, tener patentes explotadas, haber recibido informes motivados positivos de Hacienda, o certificaciones oficiales de innovación entre otras vías. Si cumples alguna de esas condiciones, podríamos tramitar el sello para tu empresa, permitiendo aprovechar ambos incentivos a la vez.
4. ¿Cómo se aplica la bonificación en la Seguridad Social y en los contratos?
Una vez identificados los perfiles bonificables, H2IDI te acompaña en la tramitación administrativa ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para hacer efectiva la bonificación. El proceso implica comunicar ciertas claves especiales al dar de alta o modificar los datos del contrato del investigador en el sistema RED. Aunque tu gestoría laboral normalmente realiza estas gestiones, es importante conocer los pasos y requisitos para asegurarte de que todo esté correctamente aplicado. Te desarrollamos todos los supuestos en este artículo.
Alta de un nuevo trabajador I+D+i
Si vas a contratar un nuevo empleado que calificará como personal investigador bonificado, en el momento de darlo de alta en la Seguridad Social se deben utilizar los códigos de contrato específicos que admiten la bonificación. En la actualidad (tras RDL 1/2023), los tipos de contrato válidos para la bonificación I+D+i son: 150, 250, 350, 109, 209 o 309.
Todos ellos corresponden a contratos indefinidos en diferentes modalidades (tiempo completo -150/109-, parcial -250/209- o fijo-discontinuo -350/309-, incluyendo conversiones).
Otro dato fundamental a comunicar es la “Relación Laboral de Carácter Especial (RLCE)”: aunque el personal investigador no es una relación especial en sentido jurídico, la TGSS ha creado un código en ese campo para identificarlos. Hay que anotar el código RLCE 9916 – Personal Investigador I+D+i Bonificado. Este valor activa el reconocimiento de la bonificación del 40%. Asimismo, el sistema pedirá indicar el “Colectivo Incentivado” aplicable, según el perfil del investigador contratado. Aquí se reflejan los porcentajes adicionales por jóvenes o mujeres mencionados antes. Los códigos a usar son: 3172 (personal investigador I+D+i general), 3173 (investigadora mujer), 3174 (investigador joven <30) y 3175 (investigadora joven <30).
Inicialmente la normativa indicaba como requisito que el investigador estuviera inscrito como desempleado antes de la contratación (Campo “Condición de Desempleo” en alta), pero este criterio ha sido eliminado. El SEPE aclaró que no es necesario que el trabajador provenga del paro para obtener la bonificación, por lo que ese campo se deja vacío. H2IDI está al tanto de estos cambios y se asegura de que tu empresa cumpla con los requisitos vigentes, evitando interpretaciones obsoletas.
Aplicación de la bonificación a empleados contratados antes del 01/09/2023
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2023 el 1 de septiembre de 2023, cambian las condiciones para dar de alta nuevas bonificaciones. ¿Qué pasa con los investigadores que ya estaban en plantilla antes de esa fecha? La normativa transitoria indica lo siguiente indica que la empresa puede beneficiarse de la bonificación siempre que formalice una variación en Seguridad Social cambiando su contrato a indefinido (150, 250…). La bonificación se aplicará desde la fecha del cambio en adelante, con el límite general de 3 años de duración máxima del incentivo.
Resumiendo, la aplicación práctica:
- Tipo de contrato – Indefinido (códigos admitidos: 150, 250, 350, 109, 209, 309).
- Relación Laboral de Carácter Especial (RLCE) – Valor 9916 (personal investigador I+D+i bonificado).
- Colectivo Incentivado – Código según perfil: 3172 (general), 3173 (mujer), 3174 (joven <30), 3175 (joven + mujer).
- Grupo de Cotización – Debe ser 01, 02, 03 o 04 (personal titulado/técnico).
- Fecha de inicio – Contratación o conversión >= 01/09/2023 (si es posterior a esa fecha aplica el nuevo régimen).
- Jornada – Tiempo completo, o parcial mínimo 50% (si <50%, no bonifica).
- Situación de desempleo previa – No requerida (campo sin contenido, según criterio vigente).
5. Casos prácticos de aplicación de la bonificación
Para ilustrar mejor cómo funciona este incentivo en distintas situaciones reales, presentamos algunos casos prácticos de pymes con las que H2IDI ha trabajado o escenarios típicos que se pueden dar en el siguiente artículo.
6. Tareas y dedicación exclusiva
No todas las tareas de un proyecto califican como I+D+i. Es importante identificar qué actividades son bonificables según la naturaleza del proyecto y el sector:
- Personal industrial: Incluye tareas propias de proyectos de ingeniería y desarrollo de prototipos. Por ejemplo, se consideran I+D+i labores como el análisis y anteproyecto inicial, la realización de estudios y especificaciones técnicas, el diseño mecánico de un producto, la fabricación y montaje de un prototipo, la puesta a punto y pruebas del mismo, así como el mantenimiento evolutivo orientado a mejoras posteriores.
Ejemplo: una pyme manufacturera que desarrolla una nueva máquina podrá bonificar las horas del personal dedicado a diseñar y ensamblar el prototipo, ajustar su funcionamiento y realizar tests de validación, entre otras tareas técnicas.
- Personal TIC: Abarca actividades en proyectos de software, electrónica o similares. Son bonificables tareas como el análisis y diseño de la aplicación o sistema, la programación y construcción del software, el mantenimiento evolutivo y preventivo (mejoras continuas del código y prevención de fallos), las pruebas unitarias y de integración, la renovación tecnológica (actualización de plataformas o lenguajes), la integración de sistemas, la migración de datos o sistemas, así como la formación y gestión del conocimiento relacionadas con la implantación de la innovación.
Ejemplo: en el desarrollo de un nuevo módulo de software, un desarrollador dedicará horas a escribir código, realizar tests automatizados e integrar componentes; todas estas horas son bonificables. Por el contrario, si ese mismo desarrollador dedica tiempo a soporte técnico de usuarios o mantenimiento rutinario de sistemas antiguos, esas horas no computarían como I+D+i y no podría aplicarse la bonificación.
Tareas excluidas de la bonificación
Es fundamental evitar en los partes de horas cualquier actividad que no encaje en la definición de I+D+i, ya que no será bonificable. En particular, no se consideran I+D+i tareas de carácter administrativo o de apoyo general en la empresa. Esto incluye labores de administración, recursos humanos, contabilidad, gestión comercial o financiera, marketing o ventas, servicios generales, soporte no tecnológico (p. ej., asistencia a usuarios que no conlleva innovación) o producción rutinaria de bienes/servicios. Estas actividades, aun siendo necesarias para el negocio, no aportan novedad tecnológica y deben excluirse de los partes de trabajo del personal bonificado.
El Real Decreto 475/2014 y su normativa asociada especifican que si un empleado participa en proyectos de I+D+i pero su labor dentro del proyecto es administrativa, de gestión de recursos, comercial, dirección u otra función de apoyo, no podrá aplicarse la bonificación por ese trabajador.
Criterios prácticos para asegurar la dedicación exclusiva en I+D+i
Una condición indispensable es que el personal bonificado esté dedicado exclusivamente (o casi exclusivamente) a actividades de I+D+i durante su jornada laboral. En la práctica, esto se interpreta como dedicar al menos un 85% de su tiempo a tareas de I+D+i, según la definición del artículo 35 de la Ley del Impuesto de Sociedades. Se permite un margen de hasta 15% del tiempo en tareas relacionadas como formación interna, actividades de divulgación científica o capacitación, siempre que estén vinculadas al proyecto de I+D+i. Este pequeño porcentaje de tiempo “no productivo” en I+D+i se admite sin perder la consideración de dedicación exclusiva, dado que actividades como la formación continua del investigador pueden considerarse complementarias a la investigación.
7. Documentación necesaria y seguimiento anual de la bonificación
Una vez puesta en marcha la bonificación, no debemos dormirnos en los laureles. La correcta documentación y el seguimiento regular son pilares para mantener el incentivo sin sobresaltos. Desde H2IDI realizamos un acompañamiento continuo para asegurar que cada año se cumplen los requisitos y se justifica adecuadamente la ayuda ante posibles controles.
Seguimiento mensual
Desde H2IDI llevamos a cabo un seguimiento mensual proactivo. Os solicitaremos regularmente los siguientes documentos:
- Ficheros de Seguridad Social: ITA, RNT y RLC, con los que hacemos un seguimiento del ahorro que genera la bonificación.
- Evidencias mensuales de las actividades desarrolladas por cada trabajador bonificado, que deben incluir trazabilidad clara: trabajador – fecha – tarea desarrollada – proyecto.
Aunque muchos clientes optan por recopilar estas evidencias de manera anual (especialmente en diciembre, con el cierre del ejercicio y seguros sociales), podemos adaptarnos a una frecuencia mensual, lo cual recomendamos si hay varias personas bonificadas.
Al inicio del servicio
Os proporcionamos dos plantillas que deben ser completadas:
- ‘Ficha Investigador’: donde definiréis tareas y proyectos en los que participa cada trabajador.
- ‘Ficha Proyectos’: documento con el contenido técnico mínimo del proyecto (objetivos, actividades, tecnologías, etc.).
Estas fichas se pueden adaptar a cualquier formato de memoria técnica interna que ya utilicéis, y nos sirven de base para el informe anual y/o técnico para informe motivado.
Al cierre del ejercicio
Para preparar la justificación técnica completa y el informe anual, solicitamos esta documentación adicional:
- Organigrama de la empresa.
- Convenio colectivo aplicable.
- Informe de vida laboral de los CCC de todo el año.
- Control horario, vacaciones y ausencias de cada trabajador.
- Ficha actualizada de proyectos y tareas realizadas.
¿Cuál es el entregable anual de nuestro trabajo?
Es útil contar con toda la documentación organizada y preparada frente a cualquier requerimiento por parte de la administración. Debemos contar con una memoria y plan de proyecto donde se enumeren las actividades de I+D+i realizadas. Las tareas que se imputen al investigador bonificado deben estar claramente definidas como actividades de I+D+i en dicha memoria. Esto facilita justificar que su trabajo diario coincide con actividades elegibles.
Con esta información, elaboramos a principios de año un informe técnico completo que puede utilizarse tanto para uso interno como para obtener un Informe Motivado Vinculante (IMV) si procede.
Con la información recopilada entregaremos las memorias técnicas de cada proyecto, memoria general de la empresa, partes horarios y documentación administrativa organizada para justificar la correcta aplicación de la bonificación.
Es útil contar con toda la documentación organizada y preparada frente a cualquier requerimiento por parte de la administración. Debemos contar con una memoria y plan de proyecto donde se enumeren las actividades de I+D+i realizadas. Las tareas que se imputen al investigador bonificado deben estar claramente definidas como actividades de I+D+i en dicha memoria. Esto facilita justificar que su trabajo diario coincide con actividades elegibles.
Con esta información, elaboramos a principios de año un informe técnico completo que puede utilizarse tanto para uso interno como para obtener un Informe Motivado Vinculante (IMV) si procede.
Con la información recopilada entregaremos las memorias técnicas de cada proyecto, memoria general de la empresa, partes horarios y documentación administrativa organizada para justificar la correcta aplicación de la bonificación.
¿Qué pasa si he superado los 9 trabajadores activados al año?
Si la empresa ha bonificado a 10 o más investigadores durante 3 meses o más en el año, es obligatorio presentar un Informe Motivado Vinculante dentro de los 6 meses siguientes al fin del ejercicio. En H2IDI coordinamos todo el proceso con entidades acreditadas por ENAC: desde la preparación de la memoria técnica hasta la presentación ante el Ministerio. En este articulo te explicamos el proceso al completo.
Control interno y mantenimiento de condiciones
Durante el periodo de bonificación (que recordemos puede durar hasta 3 años por contrato), es crítico mantener las condiciones que dan derecho a la ayuda. Dos aspectos a vigilar son:
- Mantenimiento del empleo bonificado: Si recibes la bonificación por un contrato indefinido, debes conservar ese puesto de trabajo al menos 3 años desde el inicio del contrato bonificado. Si la persona causa baja antes de ese plazo por despido improcedente, la ley considera incumplida la condición y te hará devolver todo lo bonificado (proporcional si cumplió parte del tiempo). Existen excepciones lógicas: no se penaliza si el contrato acaba por renuncia voluntaria del trabajador, despido procedente, jubilación, incapacidad, muerte, etc.. Tampoco si es fin de contrato temporal bonificado (aunque en I+D+i ya no hay temporales bonificados salvo predoctorales) o finalización de obra en fijos-discontinuos. Pero, en general, la filosofía es: te bonificamos por crear empleo estable, así que mantenlo. H2IDI te asesorará antes de tomar cualquier decisión de personal que afecte a un bonificado, para calcular implicaciones. Por ejemplo, si la persona no encaja y piensas rescindir contrato antes de 3 años, evaluamos el coste de reintegrar la bonificación vs otras alternativas (reubicarlo en I+D+i, sustituirlo por otro investigador mediante subrogación, etc.).
- Cambios en financiación o ayudas concurrentes: Si tu proyecto de I+D+i bonificado recibe nuevas ayudas públicas, hay que analizar su interacción. Como regla, no se puede superar el 100% de ahorro en la cuota de SS sumando bonificaciones (de distintos tipos), ni superar el 60% del coste salarial anual total sumando la bonificación con otras ayudas públicas destinadas a la misma finalidad. Esto significa que si, por ejemplo, recibes una subvención para contratar investigadores que cubre el 50% del salario, podrías bonificar el 40% de la cuota de SS siempre que la suma de ambos apoyos no exceda ese 60% del coste salarial. H2IDI recalcula estos porcentajes cuando entras en nuevos programas de ayuda, para asegurarse de cumplir los límites legales. En caso necesario, te aconsejaremos reducir voluntariamente la bonificación aplicada en nómina para no sobrepasar el tope, antes de que lo detecten en una revisión.
En cuanto a inspecciones o requerimientos oficiales, nuestro equipo se encarga de atenderlos. La TGSS y la Inspección de Trabajo pueden revisar la correcta aplicación de las bonificaciones en cualquier momento. Por su parte, Hacienda puede chequear las condiciones de compatibilidad y la condición de Pyme Innovadora (accediendo al registro público). Con H2IDI, tendrás a mano toda la documentación respaldatoria: contratos, descripciones de puesto, informes técnicos de proyectos, justificantes de sueldos, etc., listos para presentar.
Errores frecuentes en los partes de actividad (y cómo evitarlos)
Llevar un buen control horario de I+D+i no solo consiste en anotar horas, sino en anotar bien esas horas. A continuación, algunos errores comunes que cometen las empresas en la documentación de actividades bonificadas, junto con recomendaciones para evitarlos:
- Descripciones demasiado genéricas o vagas: Un fallo típico es rellenar el parte con términos ambiguos como “investigación”, “desarrollo” o “mantenimiento” sin más detalle. Esto dificulta demostrar que la tarea era realmente I+D+i. Es preferible especificar: por ejemplo, en lugar de «mantenimiento», detallar «mantenimiento evolutivo de la aplicación X (mejora de funcionalidades)» para evidenciar la naturaleza innovadora de la labor. Siempre que sea posible, vincula cada entrada de tiempo a un entregable o actividad concreta del proyecto.
- No superar el % de tareas colaterales (15% admitido): Estas incluyen la vigilancia tecnológica, protección de resultados, difusión científica, planificación y gestión de proyectos, formación y participación en redes y reuniones de coordinación. Si un trabajador dedica tiempo a actividades colaterales, no deben superar más del 15% total del total de horas dedicadas. Superar este porcentaje puede invalidar la bonificación aplicada e incluso acarrear sanciones.
- Falta de firma o de validación del registro: Un parte de horas sin firmar por el empleado y sin visto bueno de un responsable pierde valor probatorio. Es importante que cada registro esté firmado y fechado. También conviene que la empresa tenga un procedimiento claro: por ejemplo, “los investigadores entregan su parte de I+D+i a fin de mes al jefe de proyecto, quien lo revisa y aprueba”. Esto crea un rastro de supervisión.
8. Recomendaciones finales y advertencias comunes
Para cerrar esta guía, recopilamos algunas recomendaciones y errores frecuentes que conviene tener en cuenta al gestionar la bonificación por personal investigador:
- Asesórate antes de aplicar la bonificación: Aunque cualquier gestor laboral puede marcar los códigos, la realidad es que interpretar correctamente la elegibilidad del personal requiere conocimientos específicos en la legislación relacionada con los incentivos I+D+i. Esto puede suponer que años después la TGSS reclame lo bonificado indebidamente. H2IDI recomienda encarecidamente hacer un diagnóstico previo con especialistas (internos o externos) para definir con claridad quién es bonificable y asegurarse de que la descripción de su puesto, sus objetivos y su día a día respaldan la dedicación exclusiva. Documentar esto por escrito y actualizarlo si cambian las funciones es una excelente práctica.
- Cumple los plazos y procedimientos formales: La bonificación se disfruta mes a mes de forma automática, pero hay trámites posteriores clave. Ya mencionamos la obligación de informe motivado para +10 investigadores (6 meses tras fin de año). Incumplir estos hitos podría implicar perder el derecho a la bonificación. Por ejemplo, si tu empresa tenía 12 investigadores bonificados y no entrega el informe motivado en plazo, la TGSS podría exigir la devolución de todo lo bonificado ese año. Igualmente, comunicar las variaciones de datos (altas, bajas, cambios de contrato) en tiempo es esencial para que el incentivo sea válido. Llevando una buena agenda fiscal-laboral con ayuda de consultores, evitarás sobresaltos.
- Mantén la trazabilidad entre bonificación y proyectos de I+D+i: Es recomendable poder responder claramente “¿En qué proyecto de I+D+i estaba esta persona por la que apliqué la bonificación en agosto de 2024?”. Tener identificada esa relación (persona X – proyecto Y – % de dedicación – resultados obtenidos) da mucha solvencia ante posibles preguntas de Inspección. No olvidemos que la bonificación solo cubre actividades I+D+i definidas en la ley; si un inspector sospecha que en realidad esa persona hacía tareas rutinarias no innovadoras, querrá ver evidencias del contenido del trabajo.
- Atención a las incompatibilidades y exclusiones: Repasando: no bonificar si hay subvención que cubre la SS, no bonificar tiempos en que el empleado estuvo fuera de I+D+i, no bonificar jornadas <50% (salvo excepciones legales: discapacidad, reducciones de jornada por cuidados, etc., que están exentas del mínimo). También no combinar con otras bonificaciones de cuotas por el mismo trabajador que lleven el total a superar la cuota completa (100%).
- Consecuencias de un uso indebido: Aplicar la bonificación sin cumplir requisitos conlleva devolver las cuotas bonificadas más recargo e intereses, y potencialmente sanciones (infracción en el orden social) si se considera que hubo dolo o negligencia grave. No vale la pena “probar a ver si cuela”. Afortunadamente, con la orientación adecuada es fácil ceñirse a la norma y beneficiarse legítimamente. En estos años, en H2IDI hemos conseguido para nuestros clientes cientos de miles de euros en bonificaciones sin incidencias, gracias a la rigurosidad en la selección de perfiles y el cumplimiento estricto de las condiciones.
- Mantente actualizado: La legislación de incentivos laborales y fiscales evoluciona. De hecho, el RDL 1/2023 que hemos citado supuso un cambio sustancial. Es posible que en el futuro se introduzcan nuevos ajustes (por ejemplo, incrementos de porcentaje, extensión de duración, o integración de esta bonificación en programas más amplios de fomento de empleo científico). Por eso, conviene revisar anualmente las novedades normativas. H2IDI incluye en sus servicios un boletín informativo para clientes, donde comunicamos cualquier cambio en bonificaciones I+D+i (nos apoyamos en los Boletines RED oficiales y en el BOE). De este modo, estarás siempre al día: si mañana suben la bonificación al 45% general, o amplían a 4 años, serás el primero en saberlo y adaptarlo.
En conclusión, la gestión integral de la bonificación por personal investigador abarca desde identificar a las personas idóneas en tu pyme, tramitar correctamente el alta o variación en Seguridad Social, asegurar el cumplimiento continuo de las condiciones durante los años de disfrute, hasta justificar documentalmente la actividad de I+D+i realizada y coordinar con otros incentivos fiscales. En H2IDI hemos desarrollado esta expertise combinando conocimientos en tecnología, fiscalidad y derecho laboral para que tú puedas centrarte en innovar, mientras nosotros nos ocupamos de que obtengas el máximo ahorro con todas las garantías.
Este incentivo es una herramienta valiosa para las pymes que apuestan por la I+D+i, así que, si crees que puede aplicar en tu empresa, no dudes en contactar con H2IDI: te acompañaremos en todo el proceso, con un lenguaje claro, un enfoque cercano y resultados tangibles en tus cuentas.
Si quieres más información, no dudes en contactarnos en nuestra página de contacto. También puedes mantenerte al tanto de los cambios normativos y nuevas resoluciones en nuestro tag.