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Extremadura – Digitalización de las pymes 2025

    Tipo de convocatoria: Regional – Extremadura

    Órgano Convocante: Junta de Extremadura – Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital

    Plazos de convocatoria: 9/1/2025 – 8/4/2025

    Beneficiarios: Las pymes con centro productivo en la Comuni­dad Autónoma de Extremadura, con independencia de cuál sea su forma jurídica, incluidos autónomos, y que vayan a realizar la mejora de la productividad y competitividad de su centro productivo 

    Objetivo:

    Impulsar la digitalización del tejido empresarial, en pymes y autónomos.

    Gastos y acciones subvencionables:

    • Presencia en Internet: Creación, mejora o actualización de la web de la empresa, sus productos, sus servicios, canales de venta, novedades y promociones, medios de contacto, etc. Importe máximo: 500 €.

    • Tienda Online. Nueva creación o mejora y actualización tecnológica de una tienda online ya existente. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 4.000 €.

    • Marketing Online. Cubre la implantación de estrategia de posicionamiento SEO (Search Engine Optimization — Optimización para motores de búsqueda); o Implantación de estrategia de posicionamiento SEM (Search Engine Marketing –Marketing para motores de búsqueda). La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 7.000 €.

    • Gestión de presencia en Internet (Community Manager). La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 250 euros mensuales hasta un máximo de 3.000 €.

    • Mejora de imagen digital. Creación de contenidos multimedia para ser usados en la promoción a través de Internet de la empresa o de sus productos. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 2.000 €.

    • Sistema de gestión empresarial (ERP). Software informático que nos permite centralizar en un único sistema el conjunto de la información y datos relacionados con los distintos aspectos de negocio, operativos y/o productivos de nuestra empresa y de todas las áreas que la componen: compras, producción, logística, finanzas, recursos humanos, marketing, servicios, proyectos y atención al cliente. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €

    • Sistema de gestión de la relación con los clientes (CRM). Software informático que nos permite disponer de una gestión integrada de todos los aspectos relacionados con la gestión de los clientes de la empresa en todas las fases: captación, marketing, venta, postventa,… La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €.

    • Sistema de facturación electrónica. Software para emitir, personalizar, almacenar y seguir facturas electrónicas, asegurando cumplimiento legal… La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €.

    • Plataforma de gestión comercial entre empresas (B2B). Software diseñado específicamente para facilitar la realización de transacciones comerciales entre empresas. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 5.000 €

    • Seguridad informática. Realización de una auditoría de la seguridad informática, Plan de implantación de seguridad informática en la empresa, o implantación de sistemas tecnológicos de seguridad informática. La cuantía máxima de subvención para este servicio será de 12.000 €.

    Cuantías:

    Subvención del 80% de la inversión subvencionable, con un máximo de 20.000 euros por beneficiario, independientemente del número de servicios que se pretenda contratar.

    Requisitos:

    • Encontrarse en la situación que fundamente la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria.

    • Que tengan un centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    • En caso de que la empresa solicitante desarrolle diferentes actividades económicas, las presentes ayudas deberán destinarse, en todo caso, a la actividad económica cuyo centro productivo se encuentre en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Minimis:

    Concurrencia Competitiva:

    No

    Pagos:

    • 50% tras resolución de concesión

    • 50% tras justificación

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