El Informe Motivado Vinculante (IMV) se estableció con el propósito de mitigar la incertidumbre asociada a la solicitud de incentivos fiscales para actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en España. Dada la complejidad en la justificación de estos proyectos ante las autoridades tributarias, la introducción del IMV proporciona a los solicitantes una sólida base de seguridad jurídica en el proceso de aplicación de dichos beneficios fiscales.
Informe Motivado Vinculante
Un Informe Motivado Vinculante, comúnmente conocido como IMV, representa un documento emitido por entidades autorizadas que evalúan las actividades de un proyecto, determinando si califican como Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) o Innovación Tecnológica durante un periodo anual específico. Además, el IMV puede incluir detalles sobre los gastos o el presupuesto asociado a dichas actividades.
3Cuando un Informe Motivado satisface los criterios establecidos por la normativa, adquiere un carácter vinculante. Esto significa que tanto la Agencia Tributaria en lo que respecta a la calificación indicada en el informe, como la Seguridad Social en relación a los investigadores que cumplen con los requisitos legales, están legalmente obligadas a respetar la determinación contenida en dicho informe.
¿Cuáles son sus funciones?
Los Informes Motivados Vinculantes representan una garantía de que un proyecto de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) ha sido sometido a una auditoría tanto técnica como económica. Al ser vinculantes, funcionan como un seguro jurídico que brinda a las empresas una mayor seguridad frente a las inspecciones realizadas por la Agencia Tributaria.
Estos informes, aunque no siempre obligatorios, son altamente recomendables. Permiten a las empresas acceder con total confianza a una serie de incentivos fiscales, que incluyen deducciones fiscales por I+D+i en el caso de empresas con resultados positivos sujetos al Impuesto sobre Sociedades. Los Informes Motivados Vinculantes detallan la calificación de las actividades del proyecto, distinguiendo entre actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) y de Innovación Tecnológica (i). Esta distinción es crucial, ya que determina el grado de deducciones fiscales aplicables en el Impuesto sobre Sociedades, llegando a un máximo del 42% para actividades de I+D y hasta el 12% para actividades de Innovación Tecnológica.
Además, estas empresas pueden optar por la monetización de deducciones fiscales en caso de resultados negativos o la preferencia por la devolución monetaria con una quita del 20% en caso de resultados positivos. Asimismo, los Informes Motivados Vinculantes vinculan a la Seguridad Social en relación a los investigadores que cumplen con los requisitos legales, lo que permite a las empresas beneficiarse de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de hasta un 50%.
Para las pymes innovadoras, existe la posibilidad de combinar las deducciones fiscales por I+D+i y las bonificaciones a la Seguridad Social por personal investigador, maximizando así los beneficios fiscales.
Tipos de informes
Existen varios tipos de informes técnicos que son esenciales para solicitar deducciones fiscales y bonificaciones a la Seguridad Social por personal investigador.
Para las Deducciones Fiscales:
– Informe Motivado tipo A (o informe ex-post): Este informe se realiza después de la finalización del proyecto y proporciona una evaluación técnica exhaustiva, incluyendo la naturaleza técnica del proyecto, aspectos formales, gastos efectuados y su coherencia.
– Informe Técnico de Seguimiento: Este informe se elabora anualmente para proyectos que se desarrollan a lo largo de varios años. Evalúa la ejecución anual del proyecto y su cumplimiento con los objetivos planificados.
Para las Bonificaciones de la Seguridad Social para personal investigador:
– Informe Motivado tipo D: Este informe acredita que ciertas personas en la empresa se dedican exclusivamente a actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i).
Además, para anticipar las deducciones fiscales y tener una garantía de las mismas antes de iniciar un proyecto, existen los Informes Motivado tipo B y C (o informe ex-ante):Estos informes se realizan antes de la ejecución del proyecto y evalúa la viabilidad técnica y los aspectos formales. Proporciona a las empresas una idea clara de las deducciones fiscales a las que pueden optar antes de comprometerse con el proyecto.
Estos informes desempeñan un papel crucial al proporcionar la documentación técnica necesaria para acceder a los beneficios fiscales y las bonificaciones relacionadas con la I+D+i, asegurando así que las empresas cumplan con los requisitos legales y obtengan los incentivos correspondientes.
¿Cómo conseguirlo?
Los Informes Motivados Vinculantes (IMV) pueden ser solicitados por cualquier empresa, independientemente de su tamaño, siempre y cuando realice actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i).La emisión de los IMV está a cargo del Ministerio de Ciencia e Innovación y el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), siendo este último competente únicamente para emitir IMV relacionados con las ayudas otorgadas por este.
El plazo para solicitar un IMV es el 25 de julio de cada año si se sigue un año fiscal natural, o dentro de los 6 meses y 25 días naturales posteriores a la finalización del período impositivo en general.
Si necesitas asesoramiento en este proceso, en H2IDI te ofrecemos apoyo para acceder a todos los incentivos fiscales relacionados con la I+D+i. No dudes en contactarnos para discutir tu proyecto y obtener ayuda en este proceso.