Tipo de convocatoria: Regional – Comunidad de Madrid
Órgano Convocante: Comunidad de Madrid – Consejería de digitalización
Plazos de convocatoria: Pendiente de convocatoria – Hasta el 31/12/2024
Beneficiarios: Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica industrial (definición en artículo 3)
Objetivo:
Impulsar la transformación digital de las empresas industriales en la Comunidad de Madrid. Fomentar la adopción de tecnologías de inteligencia artificial en el sector industrial. Contribuir al desarrollo de la economía del dato y la innovación tecnológica en la región .
Se consideran industrias las actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados
Tipo de proyectos:
El objeto del programa es apoyar a las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid para la integración de la Inteligencia Artificial en sus cadenas de valor, participando en la financiación de proyectos de desarrollo experimental cuyo estado de madurez tecnológica se corresponda con los niveles 6, 7 y 8.
Los proyectos subvencionables son aquellos que se centran en el desarrollo de casos de uso de inteligencia artificial aplicados a la industria. Específicamente, se consideran subvencionables los proyectos que desarrollen aplicaciones de inteligencia artificial que contribuyan a la mejora de procesos industriales, optimización de recursos, o innovación en productos y servicios.
Cada proyecto debe pertenecer a una categoría, subcategoría y temática, de las indicadas en el siguiente cuadro:
Gastos y acciones subvencionables:
Los gastos subvencionables incluyen:
– Personal: Contratación nueva de personal temporal y costes de personal indefinido directamente relacionado con la ejecución de los programas.
– Equipamiento: Costes de amortización de equipamiento nuevo necesario para los programas.
– Obras civiles: Obras de acondicionamiento necesarias para la puesta en marcha del equipamiento adquirido.
– Otros gastos: Gastos no recurrentes estrictamente relacionados con los programas, como fungibles y subcontrataciones.
– Costes indirectos: Hasta un 15% de los costes directos justificados.
– Exclusiones: No se subvencionan costes financieros, impuestos indirectos, gastos ordinarios, ni adquisición de vehículos de transporte de mercancías.
Cuantías:
El porcentaje de subvención sobre el presupuesto total del proyecto será del 25% de los gastos subvencionables, porcentaje que podrá ser incrementado hasta un 60% de acuerdo a lo siguiente:
– Un 10% adicional si la entidad solicitante es una mediana empresa
– Un 20% adicional si la entidad solicitante es una pequeña empresa
– Un 15% adicional si la entidad solicitante se compromete a difundir los resultados del proyecto por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
El presupuesto máximo por empresa beneficiaria para apoyar los gastos asociados al proyecto es de 200.000 euros
Requisitos:
– Los proyectos susceptibles de ser financiados mediante las presentes ayudas deberán haber finalizado, como máximo el día 30 de junio de 2025
– El nivel de madurez tecnológica o TRL de los proyectos presentados deberá ser de un mínimo de 6, que corresponde con ‘Modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante’
– El proyecto debe cumplir los principios de DNSH
Minimis:
Sí
Concurrencia Competitiva:
Sí
Pagos:
Tras concesión