Tipo de convocatoria: Regional – Comunidad de Madrid
Órgano Convocante: Comunidad de Madrid – Consejería de educación, ciencia y universidades
Plazos de convocatoria: 07/02/2025 -27/02/2025
Beneficiarios: Empresas de base tecnológica con actividad en la comunidad de Madrid y menos de 5 años de antigüedad
Objetivo:
Fomentar la actividad de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica y la consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica en la Comunidad de Madrid.
Líneas de proyecto:
• Línea 1: Nuevas pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad.
• Línea 2: Jóvenes pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad
Tipos de proyecto:
Gastos y acciones subvencionables:
• Costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, con vinculación con la entidad mediante contratación laboral en la medida en que estén dedicados al proyecto.
• Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
• Costes de investigación contractual de investigación y desarrollo, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por acuerdos de licencias de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría para la adquisición, protección y comercio derechos de propiedad industrial y/ o intelectual.
• Gastos de asesoramiento y apoyo a la innovación y al desarrollo de negocio, tales como: consultoría de gestión, asistencia tecnológica y de apoyo a la innovación, consultoría de desarrollo empresarial y de mercado (investigación y test de mercado).
• Otros servicios externos: asistencia técnica, consultoría o equivalente en materia jurídica, económica y financiera, gestión empresarial, marketing, difusión y comercialización.
Informes, certificaciones y auditorías realizadas por auditores o expertos en la medida que sean requeridos por las bases reguladoras o por esta convocatoria de ayudas. Otros gastos de funcionamiento, directamente derivados del proyecto. En este concepto se incluyen gastos de viajes y dietas directamente relacionados con el proyecto. Costes de auditorías económico-financieras e industriales y de seguimiento del proyecto. Cuotas abonadas por servicios prestados por viveros, incubadoras, parques científicos, y otras entidades de alojamiento de Start-up.
Cuantías:
• Presupuesto mínimo 30.000 euros en caso de nuevas pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 1), 75.000 euros en caso de jóvenes pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 2).
• La intensidad de ayuda sobre los gastos financiables será de hasta el 100% de los gastos considerados subvencionables con un límite de 80.000 euros para la Línea 1 y 150.000 euros para la Línea 2.
Requisitos:
• El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, que se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto comunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor
• Plazo de ejecución para Línea 1: Inicio de actividad de nuevas empresas de base tecnológica, de hasta 1 año de antigüedad: hasta 12 meses.
• Plazo de ejecución para Línea 2: Consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad: hasta 12 meses.
• Los proyectos deberán iniciarse dentro de los 30 días siguientes a contar desde el día siguiente a la notificación de la orden de concesión.
Minimis:
Sí
Concurrencia Competitiva:
Sí
Pagos:
Anticipado, tras resolución