Las bonificaciones por personal investigador son un incentivo diseñado para reducir los costes laborales de las empresas que invierten en I+D+i, fomentando la contratación y estabilidad de profesionales cualificados dedicados a la investigación y la innovación tecnológica. A través de este mecanismo, las empresas pueden ahorrar hasta un 50 % en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social de sus investigadores, siempre que cumplan ciertos requisitos de dedicación y tipo de contrato. Este beneficio, de aplicación mensual e inmediata, se ha convertido en una herramienta clave para mejorar la competitividad y liquidez de las organizaciones que apuestan por el conocimiento y el desarrollo tecnológico como motor de crecimiento. Si quieres conocer más, hemos preparado este articulo detallando todo lo que debes tener en cuenta.
Una vez identificados los perfiles bonificables, H2IDI te acompaña en la tramitación administrativa ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para hacer efectiva la bonificación. El proceso implica comunicar ciertas claves especiales al dar de alta o modificar los datos del contrato del investigador en el sistema RED. Aunque tu gestoría laboral normalmente realiza estas gestiones, es importante conocer los pasos y requisitos para asegurarte de que todo esté correctamente aplicado.
Alta de un nuevo trabajador I+D+i
Si vas a contratar un nuevo empleado que calificará como personal investigador bonificado, en el momento de darlo de alta en la Seguridad Social se deben utilizar los códigos de contrato específicos que admiten la bonificación. En la actualidad (tras RDL 1/2023), los tipos de contrato válidos para la bonificación I+D+i son: 150, 250, 350, 109, 209 o 309.
Todos ellos corresponden a contratos indefinidos en diferentes modalidades (tiempo completo -150/109-, parcial -250/209- o fijo-discontinuo -350/309-, incluyendo conversiones). H2IDI se asegurará de que tu contrato esté codificado correctamente con uno de esos números. Adicionalmente, se debe marcar en el campo “Beneficios” el valor 17 (que indica que se trata de una bonificación por contratación de personal investigador).
Otro dato fundamental a comunicar es la “Relación Laboral de Carácter Especial (RLCE)”: aunque el personal investigador no es una relación especial en sentido jurídico, la TGSS ha creado un código en ese campo para identificarlos. Hay que anotar el código RLCE 9916 – Personal Investigador I+D+i Bonificado. Este valor activa el reconocimiento de la bonificación del 40%. Asimismo, el sistema pedirá indicar el “Colectivo Incentivado” aplicable, según el perfil del investigador contratado. Aquí se reflejan los porcentajes adicionales por jóvenes o mujeres mencionados antes. Los códigos a usar son: 3172 (personal investigador I+D+i general), 3173 (investigadora mujer), 3174 (investigador joven <30) y 3175 (investigadora joven <30).
Por ejemplo, si contratas a una ingeniera de 28 años para I+D+i, en su alta se consignará RLCE 9916 y Colectivo 3175, lo que permitirá que el sistema aplique un 50% de bonificación en sus cuotas. En cambio, si fuera un varón de 40 años, sería RLCE 9916 con Colectivo 3172 (40% bonificación). H2IDI revisa estos detalles con tu gestoría para que queden correctamente informados desde el inicio.
Inicialmente la normativa indicaba como requisito que el investigador estuviera inscrito como desempleado antes de la contratación (Campo “Condición de Desempleo” en alta), pero este criterio ha sido eliminado. El SEPE aclaró que no es necesario que el trabajador provenga del paro para obtener la bonificación, por lo que ese campo se deja vacío. H2IDI está al tanto de estos cambios y se asegura de que tu empresa cumpla con los requisitos vigentes, evitando interpretaciones obsoletas.
Aplicación de la bonificación a empleados contratados antes del 01/09/2023
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2023 el 1 de septiembre de 2023, cambian las condiciones para dar de alta nuevas bonificaciones. ¿Qué pasa con los investigadores que ya estaban en plantilla antes de esa fecha? La normativa transitoria indica lo siguiente:
- Si el trabajador estaba contratado antes del 1/9/2023 y ya se le venía aplicando la bonificación antes de dicha fecha, puede continuar bonificándose bajo las condiciones anteriores (previas al RDL 1/2023), es decir, por tiempo indefinido.
- Si en cambio el trabajador estaba en la empresa pero no se activó su bonificación antes de 01/09/2023, entonces solo será posible empezar a bonificarlo si se convierte su contrato a indefinido 150 o las variantes antes descritas a partir de esa fecha.
Esto significa que, aunque el investigador lleve años en la empresa, la empresa puede beneficiarse de la bonificación siempre que a partir de ahora cumpla los requisitos (dedicación exclusiva, grupo de cotización adecuado, etc.) y formalice una variación en Seguridad Social cambiando su contrato a indefinido, para esto deberemos seguir los mismos pasos que una nueva alta guardando la antigüedad del trabajador previa. La bonificación se aplicará desde la fecha del cambio en adelante, con el límite general de 3 años de duración máxima del incentivo.
Jornada a tiempo parcial
Es posible bonificar a investigadores con contrato indefinido a tiempo parcial (códigos 250/209), pero con cautelas. La ley exige una jornada mínima del 50% para que proceda el incentivo.
Comprobaciones en el sistema
Una vez dados de alta o modificados los datos con los códigos correctos, la bonificación se aplicará automáticamente en los boletines de cotización (RLC/RNT o en el Sistema de Liquidación Directa). No hace falta solicitar nada más para empezar a descontar ese 40–50% cada mes.
Interrupciones o cambios en la bonificación
Puede suceder que, en algún momento, un trabajador inicialmente bonificado deje de cumplir las condiciones temporalmente (imaginemos que pasa a dedicar parte importante de su tiempo a una tarea no I+D+i, o que su proyecto se pausa).
Si en un período determinado no corresponde aplicar la bonificación, debe comunicarse a TGSS mediante otro código específico: RLCE 9938 – Personal Investigador I+D+i No Bonificado. Con ello, se “desactiva” la bonificación ese mes.
H2IDI te asistirá para decidir si es necesario notificar esta situación (por ejemplo, si un investigador se desvía de I+D+i un mes puntual, quizás conviene mantener la bonificación asumiendo el riesgo, pero si va a estar medio año fuera de proyectos de I+D+i, es más seguro suspenderla formalmente).
Resumiendo la aplicación práctica
- Tipo de contrato – Indefinido (códigos admitidos: 150, 250, 350, 109, 209, 309).
- Relación Laboral de Carácter Especial (RLCE) – Valor 9916 (personal investigador I+D+i bonificado).
- Colectivo Incentivado – Código según perfil: 3172 (general), 3173 (mujer), 3174 (joven <30), 3175 (joven + mujer).
- Grupo de Cotización – Debe ser 01, 02, 03 o 04 (personal titulado/técnico).
- Fecha de inicio – Contratación o conversión >= 01/09/2023 (si es posterior a esa fecha aplica el nuevo régimen).
- Jornada – Tiempo completo, o parcial mínimo 50% (si <50%, no bonifica).
- Situación de desempleo previa – No requerida (campo sin contenido, según criterio vigente).
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