Tipo de convocatoria: Regional – Castilla la Mancha
Órgano Convocante: Castilla la Mancha – Dirección general de programas de empleo
Plazos de convocatoria: 20/1/2025 – 30/11/2025
Beneficiarios: Empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro
Objetivo:
El objetivo de esta ayuda es favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad, reduciendo el desempleo, especialmente entre los colectivos más vulnerables, y fomentando el empleo de las mujeres en sectores tecnológicos y en puestos directivos.
Gastos y acciones subvencionables:
1. Contratación inicial: Se centra en mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación para todos los demandantes de empleo, especialmente para jóvenes (menores de 30 años), desempleados de larga duración, mayores de 45 años, grupos desfavorecidos en el mercado laboral y personas inactivas.
2. Conversión de contratos indefinidos: Está relacionada con la modificación de la jornada del contrato y también busca fomentar el empleo y la economía social. Ambas líneas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y tienen como objetivo promover el empleo y la inclusión social.
Cuantías:
1. Contratación inicial: la cuantía de la subvención será de 7.500 euros por contrato.
2. Conversión de contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa : la cuantía de la subvención será de 3.500 euros por contrato cuya jornada inicial sea menor o igual al 50 por ciento de la jornada completa equivalente a la de una persona trabajadora comparable en cómputo anual de la entidad. Si la jornada inicial es superior a dicho 50 por ciento, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de las horas adicionales que resten para alcanzar la jornada completa.
Requisitos:
• El centro de trabajo del contrato subvencionado debe hallarse en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha
• Los trabajadores a contratar deberán hallarse inscritos como demandante de empleo no ocupado al menos el día anterior a la contratación
• Las actuaciones subvencionables son aquellas realizadas desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025, ambos incluidos.
• A partir del día 20 de enero las empresas que hayan realizado nuevas contrataciones tendrán de plazo 30 días desde la contratación para solicitar la ayuda.
• Si durante el período de obligado mantenimiento del empleo de la persona contratada se produjese la extinción de su contrato se procederá a su sustitución, bien mediante la formalización de un nuevo contrato o bien mediante la conversión de un contrato indefinido a tiempo parcial en un contrato indefinidos a jornada completa.
Minimis:
Sí
Concurrencia Competitiva:
No, concesión directa
Pagos:
Tras resolución favorable