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Aragón – Ayuda a Incentivos Regionales

    Tipo de convocatoria: Regional – Aragón

    Órgano Convocante: 

    Aragón – Ministerio de Hacienda y función pública

    Plazos de convocatoria:

    1/1/2022 – 31/12/2027

    Beneficiarios:

    Autónomos o emprendedores, PYME, Grandes empresas

    Objetivo:

    Fomentar la actividad empresarial, orientando su localización hacia zonas previamente determinadas. Podrán solicitarla empresas que realicen proyectos de inversión para la creación de nuevos establecimientos, ampliación de una actividad ya establecida o iniciación de una nueva por la empresa solicitante, así como la modernización de las instalaciones, siempre que no se trate de una mera inversión de reposición. En el caso de las grandes empresas, solo se podrán conceder ayudas para inversiones iniciales que creen una nueva actividad económica.

    Existen dos líneas de ayudas:

    • Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, incluyan tecnología avanzada, presten especial atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.
    • Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y que mejoren significativamente el potencial endógeno de la zona.

    Gastos y acciones subvencionables:

    • Obra civil.
    • Bienes de equipo, entre los que se considerarán: maquinaria de proceso, instalaciones eléctricas especiales, instalaciones energéticas y de suministro de agua especiales, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, instalaciones de mejora y protección medioambiental, y otros bienes de equipo ligados al proyecto.
    • En el caso de las pequeñas y medianas empresas, hasta el 50% de los costes derivados de los estudios previos del proyecto, entre los que pueden incluirse: Trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los proyectos.
    • Activos inmateriales, siempre y cuando no excedan del 30 por ciento del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.
    • Otros conceptos, excepcionalmente. Se apreciará la excepcionalidad en aquellos proyectos de carácter singular por la naturaleza de la inversión.

    Cuantías:

    Los incentivos que podrán concederse no podrán sobrepasar los porcentajes máximos sobre la inversión aprobada que se mencionan a continuación:
    • En la provincia de Teruel, del 20% para grandes empresas, del 30% para medianas empresas y del 40% para pequeñas empresas.
    • En el ámbito geográfico restante de dicha zona, del 15% para grandes empresas, del 25% para medianas empresas y del 35% para pequeñas empresas.

    La inversión deberá ser igual o mayor a 900.000 euros.

    Minimis:

    No

    Concurrencia Competitiva:

    Pagos:

    Se podrá solicitar un 50% de anticipo tras concesión

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